¿Qué es Mipres?
MIPRES es la plataforma del Ministerio de Salud y Protección Social que permite a los profesionales de la salud prescribir tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, así como determinadas tecnologías financiadas con UPC que se encuentran en monitoreo.
Además, habilita el registro y reporte de la dispensación y del suministro efectivo, garantizando la trazabilidad y transparencia
desde la prescripción hasta la entrega al paciente.
Como tu aliado en la transición e implementación de MIPRES 2.4
PresNet es un software como Servicio (SaaS) para gestionar prescripciones electrónicas, dispensación y administración de tecnologías y servicios en salud, su caracterización vía analítica de datos, con soporte a toma de decisiones clínicas vía agentes inteligentes para detección, alerta y notificación automática de inconsistencias clínico-asistenciales y administrativas.
¿Por qué la implementación de Mipres 2.4 será obligatoria?
El 26 de diciembre de 2025, el Ministerio de Salud publicó la Circular 044 (Mipres v2.4), que establece que, a partir del
1 de junio de 2026, será obligatoria la prescripción, el direccionamiento y el suministro de los medicamentos financiados con recursos de la UPC requeridos en el ámbito ambulatorio.
Esto se hace con el fin de poder identificar la demanda insatisfecha, realizar un monitoreo de la disponibilidad de medicamentos y la identificación temprana y precisa de la entrega de medicamentos.
¿Qué retos surgen con la implementación obligatoria de la Circular Externa 044 de 2025?
PresNet tiene versiones tanto para el Prestador como para la ERP (Entidad Responsable de Pago), lo que aporta conocimiento y logra una aproximación integral del proceso y sus funciones, derivando en más controles, validaciones, automatismos, calidad de los datos y su transmisión efectiva entre las partes involucradas, alrededor del proceso MIPRES en Colombia
Impacto de la Circular 044 de 2025
La Circular Externa 044 de 2025 fortalece el uso de MIPRES versión 2.4 como herramienta única para la gestión de los medicamentos ambulatorios financiados con recursos de la UPC, estableciendo lineamientos obligatorios que impactan a los distintos actores del sistema de salud.
Sus efectos pueden analizarse desde cuatro ejes principales: pacientes, talento humano en salud e IPS, EPS y dispensadores, y el ámbito tecnológico.
Pacientes
Se busca garantizar el acceso oportuno y continuo a los medicamentos ambulatorios financiados con recursos de la UPC.
Se establece que la prescripción realizada en MIPRES es equivalente a la fórmula médica, por lo que no pueden exigirse documentos adicionales, autorizaciones paralelas ni trámites administrativos que constituyan barreras de acceso.
Adicionalmente, cuando no exista disponibilidad inmediata del medicamento, se garantiza la entrega dentro de un plazo máximo de 48 horas, incluso en domicilio o lugar de trabajo, asegurando la continuidad del tratamiento.
Médicos y talento humano en salud (IPS y profesionales independientes)
MIPRES se consolida como la plataforma única y obligatoria para la prescripción de medicamentos ambulatorios UPC, independientemente de que la prescripción se origine en consulta externa, urgencias o durante una hospitalización, siempre que el suministro no haga parte del tratamiento intrahospitalario.
Los profesionales de la salud deben registrar la información de manera completa, estandarizada y digital, utilizando las funcionalidades de prescripción, direccionamiento y programación definidas en MIPRES 2.4, sin duplicidad de registros en otros sistemas.
EPS y dispensadores de medicamentos
Las EPS, entidades adaptadas, proveedores y gestores farmacéuticos asumen un rol clave en la trazabilidad integral del ciclo de suministro, desde la prescripción hasta la entrega efectiva al paciente.
Deben garantizar el direccionamiento y la programación inmediata, el reporte oportuno de la dispensación y el registro de eventos como no entrega o pendiente, conforme a los anexos técnicos definidos por el Ministerio.
Asimismo, son responsables de realizar seguimiento permanente, activar alertas tempranas ante retrasos o fallas en el suministro y adelantar los ajustes operativos, contractuales y de capacitación necesarios para la implementación obligatoria de la Circular.
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